La Escuela de Salamanca y la enseñanza agustina de la cosmografía en la Nueva España.

 

Armando Barrañón Cedillo1.

1 Depto. de Ciencias Básicas, UAM-Azcapotzalco, Av. San Pablo 24, Col. Reynosa. Tamaulipas, D.F. Email: bca@correo.azc.uam.mx

 

RESUMEN.-  Fray Alonso de la Veracruz, padre de la filosofía americana,  participó en el proyecto social de Vasco de Quiroga e introdujo una concepción filosófica de la dignidad humana en la Nueva España que fundamentó el primer Tratado de derecho Agrario escrito en la Nueva España, que defendía la propiedad de las tierras indígenas. Esta perspectiva filosófica refleja sus años de aprendizaje  en la Escuela de Salamanca, donde se escribieron los primeros Tratados de Derecho Internacional. Se presenta evidencia que aporta la Physica Speculatio, escrita por el agustino Alonso Gutiérrez sobre la enseñanza y aplicación de la cosmografía en la Nueva España. En el Colegio de Tacámbaro, en la primera mitad del siglo XVI, los agustinos introdujeron el estudio de la cosmografía y construyeron un observatorio astronómico. En el Colegio agustino de Tiripetío se planeó en 1540 la expedición transpacífica comandada por Ruy Villalobos. En ese mismo año don Antonio Huitziméngari, hijo legítimo del rey de Michoacán, educado en el convento franciscano de Tzintzuntzan, estudió ciencias, filosofía, teología y lenguas en este  Colegio Mayor   de Tiripetío. Como se comenta en la Physica Speculatio, obra dedicada a los Indios novohispanos y publicada en la segunda mitad del siglo XVI, se tuvo noticia en la Nueva España del uso de la cosmografía copernicana en la determinación  geográfica del tornaviaje de la Nao de Manila y se enseñó la teoría heliocéntrica en la Nueva España. El autor agradece el acceso al Fondo Reservado de la Biblioteca Nacional y el apoyo financiero de la UAM-Azcapotzalco.

 

La difusión del heliocentrismo en España

 

   Copérnico estudió desde 1491 en Cracovia con Albetus de Brudzewo, autor de un Comentario sobre la Teoría de los Planetas, escrita por George Peurbach. Peurbach fue profesor en Viena de 1450 a 1470, donde tuvo como alumno a Regiomontanus quién aplicó la idea hindú de subdividir la cuerda y asociarla con la correspondiente subdivisión del ángulo, hasta llegar a una base puramente decimal de diez millones. La publicación del Comentariolus, fue parte de la vida cultural polaca pues se sabe que en 1506 Haller imprimió en Cracovia una obra que incluía versiones abreviadas del Tratado de Sacrobosco sobre la Esfera Material y del Almagesto de Tolomeo. En el siguiente año se imprimió una introducción a la astronomía, la Introductiorum Astronomiae Cracovienes elucidans Almanach. Otra obra dedicada a exponer la geografía tolemaica, en la que la Tierra aparecía en el centro del universo, llamada Introductio  in Ptolomei Cosmographiae, fue impresa en 1512 y editada por Joannes Stobnica (Karpinski, 1945). 

   El humanista Rheticus llegó a Varmia en la primavera de 1536 pues había tenido noticia de Copérnico, donde permaneció dos años y redactó su Narratio Prima , una descripción sin tecnicismos de la teoría copernicana. Rheticus no pudo terminar de supervisar la edición impresa del De Revolutionibus en Nuremberg, ya que aceptó una nueva posición en Leipzig, pero se la encargó a Andreas Osiander el cual incluyó una nota aclaratoria en la que negaba al sistema heliocéntrico como verdadero, limitándolo a una hipótesis para solucionar problemas.

  Copérnico usa argumentos pitagóricos y platónicos, como la mayor nobleza de la quietud en comparación con el movimiento, invoca al neoplatonismo que consideraba al Sol como dios visible, usa la física aristotélica para explicar la caída de los cuerpos mediante la teoría aristotélica del lugar natural “locus naturalis”, recurre a la astronomía clásica para asignar el movimiento circular a los cuerpos celestes y el movimiento rectilíneo a los cuerpos terrestres y su preocupación por la descripción matemática del movimiento de los cuerpos celeste es de corte pitagórico. 

   Se considera que el descubrimiento de América y los viajes de circunnavegación motivaron a Copérnico a dar bases matemáticas a la teoría heliocéntrica (Dilthey, 1978:269). Así como la Tierra no era el centro del universo, Europa tampoco era el centro del mundo, lo que condujo a Giordano a formular su idea sobre los infinitos mundos que forman los innumerables sistemas del infinito universo, en el que no puede haber un centro pues en el infinito no se puede hablar de un centro ni de arriba ni abajo (Bruno, 1984). Esta ampliación que realiza Bruno ejerce la autonomía del pensamiento y parte de la infinitud del agente creador, que no puede limitar su acción a una esfera y localizarse en su centro, como lo pretendía Copérnico, por lo que crea un todo infinito que es el universo compuesto de un número infinito de cuerpos finitos. Giordano piensa que el agente creador se comunica de manera infinita y total en cada una de las partes finitas del universo que es un todo infinito (Bruno, 1984:74). 

   De la lista de diez pensadores que durante el siglo XVI aceptaron el heliocentrismo, sólo uno de ellos fue español, el fraile agustino Diego de Zúñiga, como lo demuestra el edicto de 1616, en el que la Inquisición Romana prohibió el De revolutionibus y la obra de Zúñiga In Job commentaria.  En esta obra se interpretaba el verso de Job(9:6), como afirmando el movimiento de la tierra, por lo que Zúñiga pensaba que el heliocentrismo no estaba en contra de las Escrituras. Sin embargo, en una obra posterior, Philosophia prima pars, Zúñiga rechaza el heliocentrismo al concluir que el movimiento de la Tierra es imposible como lo había afirmado Aristóteles (Zúñiga, 1596: fol. 230r.).

   Fueron los hermanos Aguilera quienes promovieron la introducción del estudio de Copérnico en los estatutos de la Universidad de Salamanca, especialmente Juan de Aguilera profesor de astrología en Salamanca de 1550 a 1560. La primera versión de los estatutos fue aprobada por el Obispo Diego de Covarrubias y rubricada por Felipe II el 15 de Octubre de 1561. Juan de Aguilera estudió medicina en Salamanca, doctorándose en 1534 y siendo nombrado profesor sustituto de astrología en Salamanca en 1538. Debido a su formación como médico, atendió a los Papas Paulo III y Julio III cuando vivió en Roma  de 1540 a 1550. En esta etapa pulió su trabajo Canones astrolabii universalis y es muy probable que haya tenido noticia sobre el De revolutionibus (Aguilera, 1554).

   El valenciano Jerónimo Muñoz fue profesor de astronomía en Salamanca desde 1578 y publicó en 1572 el Libro del nuevo cometa, dedicado a Felipe II y difundido en toda Europa debido a su correspondencia con Thaddeus Hagecius, quién a su vez mantenía un intercambio epistolar con Tycho Brache. En esta obra Muñoz rechazaba el postulado aristotélico relativo a la incorruptibilidad de los cielos, negando cualquier diferencia esencial entre los cielos corruptibles y el mundo sublunar. En sus obras discutió la teoría heliocéntrica, como lo hizo en sus adiciones a los Commentarios de Teón y en su tratado de astronomía y geografía. También criticó a Copérnico durante su correspondencia con Hagecius , en la que sostenía que Regiomontano era superior a Copérnico aunque reconocía que con frecuencia elogiaba a Copérnico aunque no aceptaba las hipótesis copernicanas pues no eran mejores que las de los antiguos (Muñoz, 1574).  En su traducción de los Comentarios de Teón, comenzada por Muñoz alrededor de 1560 y en la copia de su Astrologicarum realizada en Munich en 1570, aparece dibujado por primera vez por manos españolas el sistema copernicano.

   Lakatos y Zahar consideraron que la teoría copernicana supera a la ptolemaica porque permite el cálculo de las distancias a los planetas inferiores y superiores de tal manera que proporciona un mayor contenido empírico a la teoría copernicana en comparación con la ptolemaica (Lakatos y Zahar, 1975 :379). Esto se debe a que se forman tres vértices, cada uno de ellos en el Sol, la Tierra y el planeta en cuestión, respectivamente, cosa que no podría ocurrir si el observador se encontrara en el Sol. Sin embargo Chalmers ha puesto en claro que esto sólo puede aceptarse si partimos del hecho de que los seres humanos habitamos la Tierra y no el Sol (Chalmers, 1981). Este criterio para sostener la superioridad de la teoría copernicana sobre la ptolemaica sería un eco del antropocentrismo característico del Renacimiento, sino tomáramos en cuenta que el Cusano había considerado en su Docta ignorancia la existencia de seres vivos en las estrellas, cosa misma que supone Bruno en su diálogo Sobre el infinito universo y los mundos (Bruno, 1984).

 

Copérnico en la Universidad de Salamanca

 

   Los nuevos descubrimientos transatlánticos y transpacíficos, así como la irrupción del humanismo en España, condujo a la reflexión entre los académicos salmantinos sobre los problemas prácticos que estos acontecimientos provocaban a los hombres durante el siglo XVI. La relación entre Salamanca y el Nuevo Mundo se remonta a la visita que realizó Cristóbal Colón al Convento dominico de San Pablo en Salamanca, con la intención de ser aceptado su plan por los cosmógrafos y astrólogos de la Universidad de Salamanca. Cosa que ocurrió en la persona de fray Diego de Deza, titular de la cátedra de prima de teología, quien apoyó los planes de Colón ante los Reyes Católicos (Javier Malagón, 1963).

   La Universidad de Salamanca era la más reputada para el estudio de las ciencias y sus estatutos de Constitución fueron elaborados a partir de un borrador de 1529 que recomendaba que el contenido del curso de matemáticas incluiría la aritmética, la geometría, la astrología, la perspectiva y la cosmografía (Fuertes, 1984). En los nuevos estatutos de 1561, se incluyó a Copérnico dentro de la lista de autores para usarse en la enseñanza de la astronomía, durante el segundo año, en el cual se habían de estudiar el Almagesto de Tolomeo o su Epitome escrita por Regiomontano, o Gerber o Copérnico, según lo decidieran los estudiantes (Esperabé, 1914-1917) (De Bustos Tovar, 1973).  Sin embargo, la primera obra en la que aparece la primera mención al movimiento de la tierra es el comentario al Timeo de Platón, escrito por el filósofo Sebastián Fox Morcillo en 1554, donde relata que algunos filósofos menores como el pitagórico Hycetas y su contemporáneo Copérnico han negado el movimiento a los cielos y supuesto que la Tierra se mueve (Fox Morcillo, 1554).

   Los estatutos de 1590 incluían el estudio de Copérnico durante el segundo quadrennium pero ya no lo dejaban a votación de los estudiantes, aunque parece ser que se referían a las Tablas copernicanas y sus parámetros sin abordar el sistema copernicano de lleno, pues parece ser que seguía aceptándose el geocentrismo (Estatutos, 1595:fols. 22v-23r).

 

Influencia de Salamanca en la Nueva España

 

    Ya establecido el dominio español en la Nueva España,  el Rey ordenó a Vitoria, exponente conspicuo de la Escuela de Salamanca, en carta fechada el 18 de abril de 1539, que escogiera doce frailes doctos y de buena conducta, para llevarlos a la Nueva España. Esta orden del monarca español fue respuesta a la Carta que le envió el Arzobispo Zumárraga el 17 de abril de 1540 donde le suplicaba al rey que le escribiera al maestro Vitoria dándole aviso de la disponibilidad de los agustinos de Salamanca según le había avisado Juan de Oseguera. Por cédula del principe-regente Felipe, emitida en 1551, se ordenó fundar la Universidad en la Nueva España, donde se enseñaran todas las facultades a los naturales e hijo de españoles, con los mismos privilegios que los de la Universidad de Salamanca. En esta universidad mexicana enseñó Artes y Teología, fray Alonso, siendo considerado por el humanista Cervantes de Salazar como el más eminente maestro en Artes y Teología de la Nueva España (F. Cervantes de Salazar, 1964:16).  Fue Alonso de la Vera Cruz, alumno de Vitoria en Salamanca y traído a la Nueva España por Fray Francisco de la Cruz para enseñar teología a los frailes, quien envió a la Nueva España los Nuevos Estatutos de la Universidad de Salamanca en 1565 (Santiago Vela, 1920:302). Lo hizo durante su estadía en la península ibérica, obligado por la defensa de su proceso inquisitorial por herético, con la recomendación de que los Nuevos Estatutos fueran tomados como modelo por la Universidad Mexicana (Bolaño e Isla, 1947:36).

  Varios egresados de Salamanca tuvieron un papel importante en la instalación de la Nueva España, como fray Bernardino de Albuquerque, obispo de Antequera (Oaxaca) desde 1559 y provincial de los dominicos en 1553, quien estudió filosofía en Alcalá y teología en Salamanca (Cuevas, 1975).  Fray Alonso de Herrera estudió leyes en Salamanca y llegó en 1550 a la Nueva España donde fue custodio de la provincia novohispana además de guardián de sus conventos más importantes. Don Pedro Moya de Contreras, famoso por haber sido Inquisidor, virrey y arzobispo en la Nueva España, se graduó como Doctor en Canones en Salamanca y le corresponde el mérito de ser el primero en establecer estudios superiores para los naturales  además de convocar al III Concilio Mexicano en 1585 (Cuevas, 1975: XXVI). En la Universidad Mexicana enseñó ciencias eclesiásticas Fray Pedro de Pravia, quien había estudiado teología en Salamanca,y fue gobernador de la mitra desde 1586 hasta 1589. Fray Francisco de Ximénez fue uno de los primeros franciscanos que llegaron a la Nueva España en 1524, había estudiado Derecho en Salamanca y fue guardián del convento de Cuernavaca. Don Alonso de Zurita estudió leyes en Salamanca y se graduó de doctor en la Universidad Mexicana en 1556, fue juez de naturales y escribió una «Relación de los Caciques y señores principales de las provincias de la Nueva España. Leyes y costumbres de los Indios y tributos que pagaban a sus príncipes».   Por su parte, Fray Luis de León, amigo de fray Alonso de la Veracruz y catedrático de Teología y Sagrada Escritura en Salamanca, también escribió una obra en defensa de los indios americanos (L. Pereña, 1955).

 

El totus orbis en Vitoria y el derecho indígena

 

   El descubrimiento de América permitió establecer relaciones con pueblos que no habían causado ningún daño a los europeos por lo que se podía establecer con ellos una sociedad entre pueblos libres e iguales. Esto no podía darse antes por las guerras continuas entre los pueblos europeos y sus vecinos turcos y sarracenos. Sin embargo la expansión española en América planteaba la necesidad de desarrollar un marco legal que incorporase a los nuevos súbditos sobre bases universales más allá de las ofrecidas por el catolicismo.

   Con la Escuela de Salamanca llega a su fin el derecho medieval pues se pone atención en los derechos naturales del hombre, en lo que concierne al cuerpo - como podría ser el derecho a la propiedad  y a la vida, así como los relativos al espíritu: derecho a la dignidad y a la libertad del pensamiento. Ya que se reconocía la fuente natural del derecho, siendo todos los hombres iguales en su naturaleza, les correspondían los mismos derechos sin importar si fueran europeos o  indígenas. Por la misma razón se les debían respetar a los indígenas y a los europeos sus propiedades. Otra ruptura con el derecho medieval fue la separación de los poderes terrenales y los celestiales, desconociendo el poder temporal del papado y el poder sagrado de los reyes.

   El derecho a la propiedad privada era vindicado por Diego de Covarrubias quien pensaba que el propietario era el único con derecho a disfrutar los beneficios de la propiedad, aunque reconocía que el bien podía participar de sus beneficios a la comunidad. Y la licitud de los préstamos con interés fue defendida por Martín de Azpilcueta, profesor de Salamanca y consejero de Felipe II, en el apéndice “De Usuras y Simonía”de una de sus obras, a pesar de ser condenados por la línea tradicional de la Iglesia. Esta postura era renacentista en la medida en que reflejaba la mayor movilidad que caracterizó al Renacimiento por lo que los préstamos se usaron con fines productivos y no de autoconsumo como en la Edad Media. Además, Diego de Covarrubias y Luis de Molina partiendo de que el la utilidad de un bien se refiere al provecho que obtiene de él cada individuo en particular, su precio justo es el que resulte de un comercio libre, reconociendo de esta manera tanto la ley de la oferta y la demanda como el mercado libre.

  Vitoria transforma el antiguo ius gentium de derecho privado en derecho internacional, cuando considera que el orbe todo (totus orbis) funciona como una república, en la que se pueden emitir leyes justas para todas sus partes, como ocurre con el derecho de gentes (De potestate civili, 21). Aquí el Estado ha adquirido la calidad de sujeto de derecho internacional. Esta idea vino a ampliar las aspiraciones universalistas del cristianismo, pues al vincular a los Estados a través del  derecho natural, permitió la incorporación de los Estados no cristianos a la comunidad internacional (Truyol y Serra).

    Teniendo en mente la comunicación de los hombres que son parte la sociedad universal, Vitoria reconoce como títulos legítimos de dominio al derecho de viajar y comerciar de todas las gentes y al derecho  de predicar la fe cristiana. Consultado en 1517 sobre la moralidad del comercio como fuente de riqueza personal, por parte de los españoles radicados en Amberes, Vitoria reconocía la contribución del comercio al bien general pues el intercambio comercial promovía el mutuo conocimiento y la hermandad entre los hombres. Ya que era evidente la presencia del mal en el mundo descubierto, Vitoria introduce el libre albedrío del hombre como recurso para explicar la paradoja del mal en el mundo cuando se parte de una divinidad omnipotente e infinitamente buena. Este libre albedrío lo usa como argumento para negar la legitimidad de la conquista como recurso para lograr la conversión de los indígenas, pues debían ser tratados como seres nacidos libres por lo que debían convertirse de manera voluntaria.

   La crítica de Vitoria al poder papal en todo el orbe, dio lugar a una averiguación promovida por el Rey para conocer los términos exactos de la polémica abierta en el Monasterio de San Esteban en Salamanca sobre el tema de la autoridad papal y de la corona española en el Nuevo Mundo. Así lo pide el Rey en Carta fechada el 19 de noviembre de 1539, ordenando que sin licencia no se discuta más ni se escriba sobre este tema o se repita en sermones sobre el particular por el perjuicio que podría tener para la Santa Sede y la corona española.

  Es indudable la influencia de Vitoria sobre Alonso de la Veracruz, quien debe haber asistido a la relección De eo ad quod tenetur, pronunciada en 1535, cuando Alonso se encontraba en Salamanca, donde Vitoria trataba sobre la responsabilidad moral del descubrimiento de América así como de la necesidad de exaltar el celo misionero. Sobre la legitimidad del poder real, Alonso de la Veracruz considera que el rey se debe su dominio a la república por lo que puede ser despojado de este poder si olvida el bien común pudiendo dar lugar esta omisión a una guerra justa (Burrus, 1968-1976, De dominio infidelium et iusto bello:parágrafo 816). Asimismo reconoce la facultad del pontífice de derribar a un tirano que atente contra el bien común de la república, promoviendo la guerra en contra del tirano  (Burrus, 1968-1976, De dominio infidelium et iusto bello:parágrafo 818). 

   Melchor de Avalos utilizó estas facultades del Pontífice, citando la relección “De Potestate Ecclesiae” escrita por el maestro Vitoria, donde afirmaba que por contemplación de la espiritualidad puede el Papa privar a los reyes de su poder temporal. La empleó para justificar su solicitud al Papa, de arrojar a los mahometanos de las Molucas, Java y otras territorios en la Indonesia (Avalos,1585). En esa carta utiliza también Avalos una versión elaborada por Menchaca, sobre la facultad de promover la guerra contra el tirano, que es afin al argumento anterior de Alonso de la Veracruz, donde Menchaca postula la facultad del rey católico de al rey tirano por ser indigno y privado de su potentado (Avalos,1585).

  

El Tratado De decimis de fray Alonso de la Veracruz,

primer maestro de Derecho Agrario en México

 

 

    Cuando fray Alonso de la Veracruz difundió sus doctrinas sobre el pago de los diezmos por parte los naturales, se dio una desconfianza natural debido a los pleitos entre las provincias por el cobro de los diezmos y las cédulas reales que con anterioridad habían sido expedidas solicitando el cobro del diezmo a los naturales. Desde 1530 se diezmó por cédula real a los naturales y en el Primer Concilio se acordó pedir el diezmo a los naturales por el trigo, el ganado y la seda. En 1558 otra cédula real cobró el diezmo de estas tres cosas a los indios, por lo que no podía aceptarse fácilmente una obra en la que se pusiera en duda la conveniencia de cobrar el diezmo a los naturales. Durante el proceso de secularización se abandonó el modelo de la Catedral de Sevilla, en el que los cabildos catedralicios representaban una gran carga para la Iglesia mexicana, por lo que Montúfar pidió que se adoptaran el modelo de Segovia o Salamanca. Para darnos cuenta de la importancia que tenían los diezmos para la Iglesia, baste decir que dos individuos fueron procesados por la Inquisición por haber maldecido al diezmo (AGN, Inquisición; XI, exp. 4; XX, exp. 2).

   La nueva organización de la Iglesia fue tratada por Montúfar y Vasco de Quiroga en el

viaje que realizaron con la flota que atracó en 1554 en San Juan de Ulúa, pues desde el Primer Concilio Provincial se inició el proceso de secularización que disminuyó el poder de las órdenes religiosas (Epistolario, VIII:70-96, IX:170-77).

   Sin embargo, hubieron diferencias con respecto al cobro de los diezmos entre las provincias, a pesar del acuerdo que existía en muchos aspectos de la organización de la Iglesia mexicana. No obstante que Vasco de Quiroga estaba informado desde 1538 sobre los diezmos que le correspondía cobrar en su obispado, el Cabildo Eclesiástico de la Catedral de México se empeñaba en recibir los diezmos recaudados en las provincias de Zacatula, Colima y Michoacán. Esta diferencia persistió aún cuando Quiroga fue investido obispo de Michoacán por bula papal, lo que condujo al “pleito grande” que persistió hasta la muerte de Zumárraga. Las diócesis de Michoacán y México establecieron otra controversia por el asunto de los diezmos de Acapulco y hasta 1568 subsistía el altercado entre estas diócesis ahora por los diezmos de Querétaro. En este año se amparó la provincia de Michoacán contra el despojó que había sufrido por  el poderoso inquisidor general y arzobispo, Pedro Moya de Contreras.

   Al secularizarse la Iglesia mexicana en el último tercio del siglo XVI, continuó la inclinación de las órdenes religiosas a acumular riquezas, por lo que se emitieron cédulas reales y decretos que limitaban el acopio de estancias o tierras de cultivo por parte de las órdenes religiosas (F.  de Solano, 1984). En las prósperas haciendas agustinas, como la de Taretan en la Tierra Caliente de Michoacán y la de San Nicolás en Yuriria, los indios contribuían con el tributo y, aunque inicialmente no diezmaban, finalmente tuvieron que pagar el diezmo sobre las “tres cosas”: seda, ganado y trigo.

   Alonso de la Veracruz pronunció la relección De decimis en el segundo curso académico, entre 1554 y 1555, para tratar el asunto práctico del pago de los diezmos por parte de los naturales. Pensaba Alonso de la Veracruz que no les correspondía a los clérigos cobrarles el diezmo a los indígenas pues no participaban en la evangelización de los naturales, mientras que les correspondía auxiliar a los religiosos con trabajo personal y otras prestaciones. De este tratado sobre el diezmo, comentó Alonso de Zorita que había causado diferencias entre los obispos, por lo que no se había editado, ya que trataba el asunto del cobro del diezmo a los naturales (Alonso de Zorita, 1908, I:14). El obispo Montúfar acusó a Alonso de la Veracruz por hereje debido a sus proposiciones en favor de los indios y contra la imposición del diezmo a una población nativa ya de sí tan oprimida (Silvio Zavala, 1992: 146).   Basta y sobre leer un extracto de la carta que el arzobispo ordenó al presbítero Gonzalo de Alarcón que enviara a Felipe II, en 1561 (E.J. Burrus, 1968-1976, V:253-255):

 

“Otrosí pido y suplico a vuestra Alteza mande que ningún libro que venga de la ciudad de México, hecho por fray Alonso de la Vera Cruz, se imprima en estas partes; que en la Nueva España lo quiso hacer imprimir  el arzobispo, mi parte, no lo ha permitido, porque así convenía al servicio de Dios nuestro señor”

 

   La Corte expidió una Cédula el 4 de agosto de 1561 ordenando a Alonso que respondiera en España a estas acusaciones (Grijalva, fol. 95v), lugar donde permaneció once años defendiendo su caso ante la Inquisición, cosa que logró finalmente al revocar las disposiciones del Concilio de Trento que disminuían los privilegios de los regulares. Por solicitud real, se revocaban estas disposiciones del Concilio de Trento sobre las Indias, lo que fue confirmado por el breve Etsi mendicantium ordines de Pío V, expedido en 1567 y distribuido en toda la América (A. Bolaño e Isla, 1947:35).

   En su De dominio infidelium et iusto bello, fray Alonso de la Veracruz niega el derecho de ocupar tierras cultivadas o incultas de los indios sin el permiso de los indígenas, a menos que se haga buscando el “bien común”. Ahí pone en duda el bienestar que le puede aportar al indígena el bien de los españoles, señalando los despojos de tierras que sufrían los indígenas. Consideraba Alonso que al encomendero sólo le correspondía como tributo el fruto de las tierras, pero no podía disponer de ellas sin el consentimiento de los indígenas. Se refiere a los naturales como “muchos y diferentes pueblos” de los que está compuesta la Nueva España, cuyos conflictos con la población española deberían de resolverse siguiendo los principios del derecho natural, lo que convierte a Alonso de la Veracruz en el primer maestro del Derecho agrario en la Universidad Mexicana (Zavala, 1993:145ss).  Estas enseñanzas de Alonso de la Veracruz en la Universidad Mexicana respondían a los problemas que había en las poblaciones indígenas debido al daño que les producían las estancias de ganado, razón por la que los virreyes Antonio de Mendoza y Luis de Velasco habían trasladado las estancias al norte dela Nueva España. Al respecto comenta fray Alonso de la Veracruz que era lícito retener pastizales entre los chichimecas pues estos nómadas no cultivaban la tierra (Zavala, 1993:178).

 

Difusión Agustina del heliocentrismo y la cosmografía copernicana

en el siglo XVI novohispano

 

      Aprovechando los huecos dejados por las rutas misioneras de las órdenes que les precedieron, los agustinos penetraron en la Nueva España en los estados de Guerrero y Morelos. Aceptaron la invitación que Vasco de Quiroga les extendió en 1533para auxiliarlo en la provincia de Michoacán. Ya que eran pocos los franciscanos disponibles para la evangelización de la Tierra Caliente de Michoacán, el virrey Mendoza solicitó a los agustinos que lo ayudaran en esta región  (D. Basalenque, 1963:30). En 1536 fueron recibidos en Tiripetío por el encomendero Juan de Alvarado, para establecer su primera misión en Michoacán, donde se fundaría la primera casa de estudios superiores en tierras americanas. Fray Alonso fundó el Colegio Mayor de Tiripetío durante la penetración agustina en la tierra calenteña, para albergar los estudios eclesiásticos y adiestrar en los oficios cosa que resultó de gran utilidad en la edificación de los asentamientos michoacanos. La obra agustina se extendió sobre la Tierra Caliente michoacana, llegando a sumar cuarenta doctrinas incluyendo a Zacatula donde fray Francisco de Villafuerte trató de fundar iglesia y convento (Matías Escobar, 1970:100-101).

    Con las obras impresas que Alonso había transportado desde Salamanca y otros venidos de España forma la primera biblioteca en tierras americanas (Bolaño e Isla, 1947:23). En Tiripetío se enseñaron por primera vez la filosofía y la teología, que componían los Estudios Mayores. En Tacámbaro Alonso de la Veracruz construyó un observatorio astronómico y enseñó astronomía y ciencias exactas (Mauricio Beuchot, :16-17) .

   Cuando Vasco de Quiroga se ausentó nueve meses para asistir al Concilio de Trento, Alonso de la Veracruz quedó a cargo de la diócesis y en lo sucesivo cumplió cargos importantes en la orden agustina, llegando a ser provincial cuatro ocasiones. Varios hechos nos permiten afirmar la identificación de Alonso de la Veracruz con el pensamiento quiroguiano, como son la confianza que tuvo Quiroga en Alonso, además de la amistad personal que tuvieron y el hecho de que durante los prioratos de Alonso de 1550 y 1575 se hayan fundado Yuriria, Cuitzeo, Guango y Charo, además de que en esta etapa  se hayan erigido las obras hospitalarias más importantes desarrolladas por Moya y Villafuerte (Muriel, 1990: t. I,108).

   En este Colegio fue estudiante y maestro don Antonio Huitziméngari hijo legítimo del rey de Michoacán, quien había estudiado con los franciscanos enTzintzuntzan. En 1540 Huitziméngari aprendió ciencias, filosofía, teología y lenguas en Tiripetió, siendo fray Alonso director del Colegio Mayor. Cuando Huitziméngari enseñó tarasco en Tiripetío, Alonso de la Veracruz fue su alumno. Los agustinos no desconfiaban de los indígenas como estudiantes, por lo que no tuvieron reservas en enseñarles latín sin distinción de su origen social (Ricard, 1947:393-394). El 29 de noviembre de 1540 se pactó el Tratado de Tiripetío, donde el virrey Mendoza concertó la expedición a las Filipinas comandada por Ruy López de Villalobos y en la que lo acompañó como reconocido navegante el fraile agustino fray Andrés de Urdaneta (Knauth, 1972:36).

    Las primeras casas de estudio de la Provincia de Michoacán fueron fundadas por fray Alonso en Tiripitío y Tacámbaro, aunque fueron cerradas al mudarse Alonso a Atotonilco, donde estableció un curso de artes y teología en 1546 (Basalenque, 1963:lib I cap. VII, p. 85 y ss.). Tiripetío fue un ejemplo de la influencia agustina en la formación de pueblos indígenas, con calles trazadas, plazas, acueductos, iglesia, conventos y hospitales a partir de 1537 (Grijalva, lib. II, cap. V, p. 226 y ss) . A diferencia de los franciscanos, que fundaron los hospitales debido a la epidemia de 1545 (Beaumont, 1932, t. III p. 141-144), los agustinos edificaron sus hospitales como un medio para establecer un modo de vida quiroguiano entre la población indígena. Quiroga estaba influenciado por la Utopía de Moro y las obras de Luciano, Campanella, donde se postula la ciudad ideal en la que se convive con armonía y justicia y se piensa que pudo haber tomado ejemplo de la vida social cristiana en la Civitate nuova de San Basilio el Grande (Zavala, 1937:4-5). Quiroga conocía la leyenda de Guevara sobre la bondad y cualidades del Villano del Danubio, mismas que encontró entre los naturales de la Nueva España, entre los cuales trató de establecer el cristianismo primitivo y fundar comunidades que seguían el modelo utópico de Tomás Moro (Costes, 1925).

  Tiripetío fue una de las mejores escuelas que se establecieron junto a los conventos, donde los indígenas adultos y niños aprendían a leer y escribir, canto e instrumento musicales así como instrucción técnica (Grijalva, lib. II, cap. V, p. 223y ss). Mientras que los niños hijos de los maceguales sólo recibían catequesis en las mañanas, los hijos de los caciques vivían en las escuelas vecinas a los conventos donde aprendían además a leer y escribir, aritmética, música y ayudaban en el convento como escribanos (Grijalva, lib. II, cap. VI, p. 226). La reputación de las Casas de estudio agustinas fue tan grande que el colegio de los agustinos en México otorgó grados provocando el escándalo y rechazo de la Universidad Mexicana (AGNM, Universidad, v. 2 libro de claustros 1553-1561).

   Al regresar fray Alonso de la Vera Cruz de España, después de salir victorioso de su proceso inquisitorial, obtuvo una cédula emitida por el mismo rey Felipe II, el 23 de febrero de 1572,  para transportar su colección de libros en un apartamento especial de la  Nao, con capacidad de hasta diez toneladas (Burrus, 1968-1972, tomo V págs 282-283).  Esta biblioteca, instalada en el Colegio de San Pablo de México, fundado por Alonso de la Vera Cruz en 1575 y donde se enseñó teología y se aprendieron lenguas nativas, incluía Mapas, Globos celestes y terrestres, Astrolabios, Orologios, Ballestillas, Planisferios y otros instrumentos necesarios para las Artes liberales (Grijalva, fols. 153 y 154). En el siglo XVI la astronomía se ocupaba de problemas técnicos y la filosofía natural se dedicaba a tratar  aspectos cosmológicos, por lo que la astronomía se enseñaba en las facultades de Artes y su aplicación a la navegación, la cartografía y la geografía era de carácter pragmático.  Estos instrumentos eran usados para marear, como lo muestra la partida instrumental que llevaba Magallanes en su viaje de circunnavegación: compases, cuadrantes de madera, astrolabios de metal y de madera, agujas de marear (brújulas), relojes de arena. Pero el recurso más estratégico importante para Magallanes eran los más de veinte mapas de marear hechos en pergamino por Nuño Garcia y que costaron 68 mil maravedíes. Uno de los mapas de marear de Magallanes estaba montada sobre una bola de cuero, reflejando la concepción esférica del mundo (Cuevas,1942:49-50). La impresionante colección de la Biblioteca del Colegio de San Pablo se conservó hasta el siglo XVIII y constaba de cuatro mil estantes y sesenta volúmenes de todas las materias, según cita la Gazeta de México, en enero de 1731 (Medina, 1907-1912, tomo I, pág. 111).

    El uso de la cosmografía copernicana en relación a la oblicuidad de la elíptica es reportado en el prólogo de Rodrigo Zamorano a su Compendio de la arte de navegar, en conformidad con la costumbre de los autores relacionados con la Casa de Contratación de Sevilla y el Consejo de Indias que incluían una sección dedicada a la Esfera del Mundo (Zamorano, 1581). En otra de sus obras, Zamorano utiliza datos de extracción copernicana y emplea las Tablas Pruténicas, aunque localiza al Sol entre los demás planetas y continua adherido al geocentrismo (Zamorano, 1594).

   Estas Tablas Pruténicas, elaboradas por Erasmus Reinhold (1511-1553) a partir de la obra copernicana y que habían superado a las Tablas Alfonsinas en la predicción precisa de la conjunción de Júpiter y Saturno en 1563 (Gingerich, 1993:232), fueron muy útiles en la difusión de la teoría copernicana (Gingerich, 1973) pues eran más aceptadas que las Alfonsinas por ser de uso simplificado. Ya que la Inquisición Española nunca incluyó al De revolutionibus en una lista, esta obra circuló libremente durante el siglo XVI en la península ibérica, por lo que sus aspectos prácticos fueron muy admirados y puestos en práctica, siendo el texto incluido en los planes de estudio de la Universidad de Salamanca (Navarro Brotóns, 1995).

   En su Physica Speculatio Alonso comenta sobre la pericia de los navegantes españoles para detectar islas antes ocultas y sus profundos conocimientos de Cosmografía que se traducen en el uso de las Tablas Alfonsinas y las nuevas cartas de Copérnico para situar con precisión la localización de estos descubrimientos. En la cuarta edición de la Physica Speculatio, fray Alonso nos comenta sobre el padre Andrea Urdaneta, quien fue seleccionado para descubrir islas junto con otros frailes, como Herrera y Aguirre, habiendo situado geográficamente la isla Cebú usando las tablas Alfonsinas y las nuevas tablas de Copérnico (Alonso de la Veracruz, 1573:223). Esta ubicación de la isla Cebú era de importancia estratégica para la corona española y se sabe que en 1566 el cosmógrafo don Alonso de Santa Cruz emitió una opinión al Consejo de Indias relativa a la localización de las Molucas con respecto a la línea alejandrina, mencionando un tratado anterior entre Portugal y España sobre la controversia sobre África resuelta mediante una línea de demarcación (Wagner, 1926:27). Y en el pacto de venta de las Molucas celebrado entre Carlos V y el rey de Portugal el 22 de abril de 1529, se menciona la incertidumbre sobre el derecho de posesión de las islas Molucas que reclamaban las dos coronas, basándose entre otras razones en la línea divisoria alejandrina(Fernández de Navarrete, 1825-37: II, 123). En su Instrucciones para nuevos descubrimientos del primero de mayo de 1543, el rey español pedía a los religiosos que respeten las demarcaciones convenidas con el rey de Portugal para las Indias y las Molucas (Encinas, 1596:IV, 228-229) . También en la capitulación firmada el 31 de mayo de 1540 con Sebastián de Benalcázar para el descubrimiento del Popayán, se pide que respete las demarcaciones en las Indias y las Molucas convenidas con el rey de Portugal (Colección, 1536:33-48).

   Alrededor del año 1537 Urdaneta había obtenido, junto con Pedro de Alvarado, una patente para descubrir el Mar del Sur y Alvarado había acordado con el virrey Mendoza realizar descubrimientos conjuntos, cosa que fue firmada el 29 de noviembre de 1540 en el Tratado de Tiripetío. Como Alvarado había muerto, fue escogido Ruy López de Villalobos para dirigir la expedición, en la que Urdaneta fue acompañado de cuatro agustinos y dos curas. Esta expedición llegó a Mindanao, aunque no pudo sostenerse en la Molucas y regresó a España por territorios portugueses.  Fr. Andrés Urdaneta también fue piloto de la expedición de Legaspi que partió de Cebú en 1562 y descubrió la ruta de retorno a la Nueva España.

   El heliocentrismo es explicado en la primera edición de la Physica Speculatio,  obra dedicada a la Universidad Mexicana por fray Alonso de la Veracruz, cuando Alonso de la Veracruz menciona en tres ocasiones el Compendio de Campano sobre la Esfera que incorpora como apéndice a la Physica Speculatio que remedia la brevedad de su exposición de los Libros sobre el Cielo. Bernabé Navarro demostró en su artículo sobre este tema que el punto clave era aclarar si fray Alonso había ofrecido una imagen completa de la naturaleza o si  había simplemente presentado una visión astronómica del cielo estrellado y del sistema planetario. Después de todo, esta era la interrogante que se planteó la censura eclesiástica al ponderar la teoría heliocéntrica como errónea en el Edicto de 1616.  Como expone Navarro, la clave se encuentra tanto en el capítulo 17 donde se explica la teoría heliocéntrica, como en el capítulo 52 donde expone la teoría geo-heliocéntrica que sería llamada posteriormente sistema de Tycho-Brahe  (Bernabé Navarro, 1992:13-24).

   Alonso Gutiérrez expone el problema del movimiento de la Tierra alrededor del Sol en el capitulo XVII del Tratado de la Esfera, donde refiere que algunas personas han pensado que las estrellas fijas están quietas, mientras que la tierra gira todos los días. Este es uno de los postulados teóricos del Commentariolus, redactado cerca de 1507 por Copérnico, donde postula que  (Alfred Romer,1999: 157-183):

 

“Cualquier movimiento que aparezca en la esfera de las estrellas fijas pertenece en realidad a la tierra. Así, toda la tierra junto con los elementos que le son vecinos, rota con un movimiento diario sobre sus polos fijos mientras que la esfera de las estrellas fijas permanece inmóvil así como el cielo más exterior”.

  

La expansión transpacífica española.

 

  Influida por el mercantilismo y tal vez debido al poder de los banqueros, la corona española regresó al régimen liberal en 1526, permitiendo el comercio entre América y los súbditos no castellanos. Además, Carlos V fundó la Casa de Contratación de La Coruña, dedicada al intercambio comercial con las Molucas, aunque en 1529 el privilegio fue granjeado a otras ciudades como Bilbao.  La libertad de comercio con súbditos no castellanos estuvo  vigente hasta que fue revocada por Felipe II 1573, año en que por primera vez la armada real protegió a los galeones que transportaban metales preciosos (Oscar Cruz Barney, 1998:5). Como parte del eje Madrid-México, Veracruz fue habilitado para el comercio con España y Acapulco recibió la licencia para recibir el comercio Oriental que llegaba de Manila trasportado por la Nao de China. También existió el comercio con barcos que no pertenecían al sistema de flotas, llamados “navíos de registro”que eran fiscalizadas de manera especial y que zarpaban de los puertos de Caracas, Buenos Aires, La Haba y Campeche, entre otros (Oscar Cruz Barney, 1998:5). A finales del siglo XVI se estableció el Consulado de la Nueva España, para regular las controversias debidas al comercio con el Perú, las Islas Filipinas, Yucatán y otras partes de la Nueva España.

   Habiendo sido Magallanes acusado por traición en Portugal, logró el favor del rey español para auspiciar su expedición a Indonesia en busca de una ruta para las Especias, pues Carlos V deseaba averiguar si las Molucas pertenecían a la corona española. Gozando del apoyo económico de Christopher de Haro de Amberes y asesorado por el astrónomo Ruy Falerio, Magallanes llegó a la Isla de Cebú, fuente de la mayor parte de las especias transportadas a Europa, donde murió en 1521. Como comenta Antonio Pigaffeta, en su diario del viaje con Magallanes, después de sesenta días de lluvias continuas llegaron al Ecuador, lo que contradecía las enseñanzas de los antiguos (Pigaffeta, 1989).

Fernando de Magallanes había sido informado de la riqueza de las islas Molucas por un amigo suyo Fernando Serrano quien había desertado de una guarnición portuguesa. Serrano le había asegurado que las islas no pertenecían a Portugal, cosa que le confirmó a Magallanes el astrólogo portugués Ruy Falerio (Cuevas,1942:3).

   La determinación del tornaviaje para la nao de Manila requería de conocimientos sobre el comportamiento climático y el perfil geográfico en el Pacífico, para aplicar la misma fórmula del tornaviaje en el Atlántico siguiendo un derrotero hacia el norte. Esta fue la contribución del agustino Andrés de Urdaneta, monje y marino, quien se benefició del conocimiento adquirido en las exploraciones de las Californias para descubrir el tornaviaje de la ruta de las especies entre Filipinas y la Nueva España.

   El tornaviaje, descubierto por el agustino fray Andrés de Urdaneta empleando las Tablas Copernicanas, proporcionó vastas riquezas a los novohispanos ya que los territorios descubiertos eran riquísimos en conchas, oro, cera y otras mercaderías (Lothar Knauth, 1972), por lo que al arribar la Nao de Manila a Acapulco era anunciada con repiques de campana en la ciudad de México, pues trasportaba mercancías suntuarias como la porcelana en un volumen del mismo orden que el de los cargos holandeses (Curiel, 1991).

           

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